Acuerdo sobre las condiciones zoosanitarias para la importación de carne bovina y productos cárnicos procedentes de la región norte de Argentina (traducción provisional)
2026/10/1
El Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca de Japón (MAFF) informa que el 30 de septiembre de 2026 alcanzó un acuerdo con el Gobierno de la República Argentina sobre las condiciones zoosanitarias aplicables a la importación de carne bovina y productos cárnicos procedentes de la región norte de Argentina.
El Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca de Japón mantuvo consultas con las autoridades argentinas sobre la importación de carne bovina y productos cárnicos procedentes de la región norte de la Argentina (*1).
En febrero de 2026, el Subcomité de Sanidad Animal del Consejo de Política Alimentaria, Agrícola y Rural de Japón concluyó que, en el caso de carne bovina deshuesada procedente de la región norte de la Argentina, el riesgo de introducción de la fiebre aftosa en Japón es extremadamente bajo si se aplica a un proceso adecuado de maduración.
Posteriormente, sobre la base de los resultados de la evaluación de riesgos, Japón mantuvo consultas con las autoridades argentinas y alcanzó, el 30 de septiembre de 2026, un acuerdo sobre las condiciones zoosanitarias aplicables a las importaciones (*2). Dado que la región norte de la Argentina está reconocida como una zona libre de fiebre aftosa con vacunación, las importaciones estarán limitadas a carne bovina y productos derivados de dicha carne que hayan sido aplicados a un proceso de maduración destinado a inactivar el virus de la fiebre aftosa y a un proceso de deshuesado.
Al igual que la región norte de la Argentina, Uruguay está reconocido como país libre de fiebre aftosa con vacunación y Japón ya permite la importación de carne bovina y productos cárnicos procedentes de dicho país bajo condiciones similares. Por su parte, la región sur de la Argentina está reconocida, al igual que Japón, como una zona libre de fiebre aftosa sin vacunación. Por este motivo, Japón ya permite la importación de carne bovina y productos cárnicos procedentes de dicha región sin que sea necesario aplicarlos a procesos de maduración y deshuesado.
Cabe señalar que el presente acuerdo sobre las condiciones zoosanitarias no implica el inicio inmediato de las importaciones procedentes de la región norte de la Argentina. En adelante, el Gobierno de Japón realizará inspecciones en las instalaciones de procesamiento de carne y, una vez confirmado el cumplimiento de las condiciones zoosanitarias acordadas y completado el proceso de habilitación, se podrán importar productos procedentes de dichas instalaciones.
*1) La región norte de Argentina comprende las provincias de La Pampa, Buenos Aires (excepto el Partido de Patagones), Mendoza, San Luis, San Juan, La Rioja, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco, Santiago del Estero, Catamarca, Tucumán, Jujuy, Salta y Formosa.
*2) Las «condiciones zoosanitarias» son los requisitos de sanidad animal que Japón establece para la importación de animales y productos de origen animal procedentes de otros países.
[Texto original (en japonés)]
https://www.maff.go.jp/j/press/syouan/douei/260930.html
El Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca de Japón mantuvo consultas con las autoridades argentinas sobre la importación de carne bovina y productos cárnicos procedentes de la región norte de la Argentina (*1).
En febrero de 2026, el Subcomité de Sanidad Animal del Consejo de Política Alimentaria, Agrícola y Rural de Japón concluyó que, en el caso de carne bovina deshuesada procedente de la región norte de la Argentina, el riesgo de introducción de la fiebre aftosa en Japón es extremadamente bajo si se aplica a un proceso adecuado de maduración.
Posteriormente, sobre la base de los resultados de la evaluación de riesgos, Japón mantuvo consultas con las autoridades argentinas y alcanzó, el 30 de septiembre de 2026, un acuerdo sobre las condiciones zoosanitarias aplicables a las importaciones (*2). Dado que la región norte de la Argentina está reconocida como una zona libre de fiebre aftosa con vacunación, las importaciones estarán limitadas a carne bovina y productos derivados de dicha carne que hayan sido aplicados a un proceso de maduración destinado a inactivar el virus de la fiebre aftosa y a un proceso de deshuesado.
Al igual que la región norte de la Argentina, Uruguay está reconocido como país libre de fiebre aftosa con vacunación y Japón ya permite la importación de carne bovina y productos cárnicos procedentes de dicho país bajo condiciones similares. Por su parte, la región sur de la Argentina está reconocida, al igual que Japón, como una zona libre de fiebre aftosa sin vacunación. Por este motivo, Japón ya permite la importación de carne bovina y productos cárnicos procedentes de dicha región sin que sea necesario aplicarlos a procesos de maduración y deshuesado.
Cabe señalar que el presente acuerdo sobre las condiciones zoosanitarias no implica el inicio inmediato de las importaciones procedentes de la región norte de la Argentina. En adelante, el Gobierno de Japón realizará inspecciones en las instalaciones de procesamiento de carne y, una vez confirmado el cumplimiento de las condiciones zoosanitarias acordadas y completado el proceso de habilitación, se podrán importar productos procedentes de dichas instalaciones.
*1) La región norte de Argentina comprende las provincias de La Pampa, Buenos Aires (excepto el Partido de Patagones), Mendoza, San Luis, San Juan, La Rioja, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco, Santiago del Estero, Catamarca, Tucumán, Jujuy, Salta y Formosa.
*2) Las «condiciones zoosanitarias» son los requisitos de sanidad animal que Japón establece para la importación de animales y productos de origen animal procedentes de otros países.
[Texto original (en japonés)]
https://www.maff.go.jp/j/press/syouan/douei/260930.html
