1.
AREAS DE ESTUDIO
Humanidades y Ciencias Sociales: Literatura, Historia, Arte,
Leyes, Política, Economía, Comercio, Pedagogía,
Psicología, Sociología, Música, etc.
Ciencias Naturales: Ciencia Pura, Ingeniería, Agricultura,
Pescadería, Farmacología, Medicina, Odontología,
Economía Doméstica, etc.
*Los estudiantes de medicina y odontología
no podrán realizar prácticas clínicas
que incluyan exámenes médicos u operaciones,
a menos que sean autorizados por el Ministerio de Salud
y Bienestar bajo la ley japonesa concerniente.
**Las áreas de estudio deberán ser aquellas
dictadas en las universidades japonesas. Este programa no
incluye pasantías en empresas o compañías.
2.
REQUISITOS
(1) Nacionalidad: los postulantes deben
poseer la nacionalidad argentina.
(2) Edad: los postulantes deben ser menores
de 35 años, al 1° de Abril de 2014 (es decir,
nacidos después del 2 de Abril de 1979).
(3) Estudios Académicos: los postulantes
deben ser graduados universitarios.
(4) Area de Estudio: el área de
estudio debe ser el mismo o estar relacionado a la carrera
universitaria con la cual postula.
(5) Lengua Japonesa: los postulantes deben,
preferentemente, estudiar el idioma japonés y recibir
instrucciones en esa lengua.
(6) Salud: los postulantes deben gozar de buena salud. En vista a problemas psicológicos
que puedan surgir por el cambio brusco cultural y ambiental,
tanto la salud física como mental son prerrequisitos
esenciales.
(7) Arribo al Japón: los postulantes
deben llegar al Japón entre el 1° y el 7°
de abril de 2014 ó entre el 1° y el 7° de
octubre de 2014.
* Personal militar y empleados civiles
militares activos no pueden postular.
* *El postulante puede ser rechazado en caso de no arribar
en la fecha indicada.
***El postulante que haya sido becario del Gobierno del
Japón anteriormente no será seleccionado,
a menos que haya tenido experiencia en investigación
o docencia después de su regreso al país de
origen.
Aquellos que hayan viajado bajo el programa de Beca para
Estudiantes Avanzados de Lengua Japonesa pueden postularse
para la Beca de Posgrado, una vez concluidos los estudios
universitarios.
****El postulante que ya esté inscripto en una universidad
japonesa no será seleccionado.
3
. DURACION DE LA BECA
Los postulantes podrán elegir entre las siguientes
dos opciones:
(1) Dos años, desde abril de 2014 a marzo
de 2016, como
estudiante de investigación (Kenkyu-sei) u oyente
(Choko-sei). (Este período generalmente incluye un
curso de seis meses de idioma japonés para aquellos
cuyo nivel de esta lengua sea insuficiente.)
(2) Un año y medio, desde octubre de 2014
a marzo de 2016, como
estudiante de investigación (Kenkyu-sei) u oyente
(Choko-sei). (Este período generalmente incluye un
curso de seis meses de idioma japonés para aquellos
cuyo nivel de esta lengua sea insuficiente.)
* Si el postulante para la opción
(1) no es aceptado por inconvenientes en la universidad,
puede ser considerado para el punto (2).
** El postulante que haya sido admitido en el programa de
Maestría o Doctorado durante el período de
la beca, puede solicitar la extensión de la beca,
siempre que demuestre excelentes resultados en sus estudios
y el presupuesto de MEXT lo permita. (Ver punto 6(6).)
4.
BENEFICIOS DE LA BECA
(1) Beca: el becario recibirá un
monto de ¥143.000 por mes (sujeto a cambios).
Este será suspendido en caso de ausentarse de la
universidad por períodos prolongados.
(2) Traslado
a. Traslado a Japón: el becario
recibirá un pasaje aéreo desde el aeropuerto
internacional más cercano a su domicilio hasta el aeropuerto
internacional
más cercano a la universidad donde cursará
sus estudios.
b. Traslado desde Japón:
el becario que finalizó su beca recibirá un pasaje aéreo
desde el aeropuerto internacional más cercano
al centro de estudios cursado hasta el aeropuerto internacional
más cercano a su domicilio.
* El seguro de viaje y accidente, las tasas de aeropuerto y costos de emisión para
estos traslados correrá por cuenta del becario.
(3) Gastos académicos: serán
exentos de los gastos de examen de ingreso, inscripción,
matrícula y cuotas de la universidad.
(4) Alojamiento
Según la disponibilidad, los becarios se alojarán en casas para
estudiantes extranjeros, residencias para estudiantes extranjeros
de universidades nacionales, pensionados particulares o apartamentos.
(5) Serán subvencionados parte de
los gastos médicos en Japón.
5.
SELECCIÓN
(1) La Sección Cultural e Informativa de la Embajada del Japón seleccionará a los candidatos preliminares mediante un examen escrito de inglés y japonés, la
revisión de los documentos correspondientes y una entrevista. Ver el punto 7. sobre el procedimiento para la postulación.
(2) Los candidatos preliminares seleccionados
serán recomendados a MEXT donde una comisión
hará la segunda selección preliminar. La aprobación
definitiva será dada luego de hallar ubicación
en las distintas universidades y será informada entre los meses de enero y febrero.
*Es requisito indispensable que el
postulante posea suficiente conocimiento del japonés
para las áreas como Lingüística Japonesa,
Literatura Japonesa, Historia del Japón, Legislatura
del Japón, etc.
6.
ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
(1) La universidad en Japón será
designada por MEXT y la universidad concerniente. No se podrá objetar esta decisión.
(2) Todas las clases teóricas y las prácticas en las universidades
serán dictadas en japonés.
(3) El becario cuyo conocimiento del idioma
japonés es insuficiente asistirá a un curso
de lengua japonesa durante los primeros seis meses. Luego
de completar este curso serán transferidos a las
universidades designadas por MEXT. En caso de no alcanzar
el nivel requerido del idioma, la beca será suspendida.
(cf. 8-(2))
(4) Si al momento de la postulación,
el nivel del idioma japonés es reconocido por MEXT
como suficiente para proseguir con los estudios en el Japón
puede ser ubicado directamente en la universidad sin previo
curso del idioma.
(5) El becario generalmente es inscripto
como estudiante
de investigación (Kenkyu-sei) u oyente (Choko-sei).
(6) Para ingresar a la Maestría
o el Doctorado de las universidades, luego de cumplir los
seis meses como estudiante de investigación,
deberán rendir y aprobar el correspondiente examen
de ingreso. La desaprobación a este examen resultaría
en la re-inscripción como estudiante sin grado.
*Acorde con el sistema de educación
del Japón, el curso de Maestría requiere como
mínimo 2 años de estudio, luego de terminada
la carrera universitaria (es decir 16 años de educación
formal), mientras que el curso de doctorado requiere 3 años
de estudio como mínimo después de completar
el curso de Maestría. Aquellos que hayan estudiado
el período requerido, obtenido los créditos
necesarios y aprobado la tesis con su defensa, recibirán
el certificado correspondiente. También se otorgará
el certificado del Doctorado sin la necesidad de cumplir
estrictamente dicho programa, si su tesis es reconocida
como tal por las autoridades.
**En las áreas de medicina, odontología y
ciencias veterinarias, la mayoría de las universidades
ofrecen solamente cursos de Doctorado cuales requieren 4
años de estudio luego de 18 años de educación
previa. Si el postulante proviene de algún país
donde 16 años son suficientes para ingresar a el
curso de doctorado en estas áreas, tendrá
que acumular 2 ó más años de experiencia
como estudiante de investigación en alguna universidad
o centro de investigación, y debe ser reconocido
por el colegio de graduados del Japón como capacitado
para los cursos de posgrado.
***El método de examen de ingreso al curso de posgrado
varía según la universidad. En general, los
postulantes, deben dar examen en 2 lenguas extranjeras,
del área de estudio que les concierne y presentar
un ensayo.
7.
PROCEDIMIENTO PARA LA POSTULACIÓN
Los postulantes deberán presentar la documentación
correspondiente a la Sección Cultural e Informativa de la Embajada del Japón en la Argentina, entre el 1 de marzo y el 30 de junio de cada año. La documentación presentada no será
devuelta.
Descargar el listado de documentos a presentar.
8.
NOTA
(1) Ante cualquier duda puede comunicarse
con la Sección Cultural e Informativá de la Embajada del Japón en la Argentina.
(2) Se anulará la beca en los siguientes
casos:
a. Haber declarado en falso al momento
de la postulación.
b. Haber violado algún artículo
del compromiso con el Monbukagaku-daijin (Ministro de Educación,
Cultura, Deporte, Ciencia y Tecnología).
c. Haber recibido una sanción disciplinaria
de la universidad o no poseer capacidad para alcanzar las
metas académicas (ej. incapacidad de alcanzar un
nivel satisfactorio de la lengua japonesa o el área
principal de estudio).
(3) Se recomienda al seleccionado estudiar
japonés y tener información sobre el clima,
costumbres y etiqueta, educación universitaria y
condiciones generales del Japón antes del arribo.
(4) Se recomienda llevar U$D 2000 aproximadamente
para cubrir gastos inmediatos al arribo.
(5) Será dificultosa la ubicación
de dependientes del estudiante (ej. esposa e hijos).
(6) La beca y el monto recibido al arribo,
descritos en la Sección 4, quedan sujetos a variaciones
presupuestarias. Las sumas que figuran en este documento
son las correspondientes al año anterior.